FUNCIONAMIENTO DE LA ANIEI
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La operación de la ANIEI está reglamentada por los estatutos, aprobados por el máximo cuerpo de gobierno: la Asamblea General.
El capíulo I de los estatutos (Artículos 1 a 4) define a la asociación.
Los capítulos II (Art. 5) y III (Art. 6) especifican los objetivos
y las funciones.
El capítulo IV (Art. 7) define que en el Distrito Federal reside el domicilio legal de
la asociación, independientemente de en donde se encuentre la institución
que represente a la presidencia de la Mesa Directiva.
El capítulo
V (Art. 8) define como integrantes de la asociación a las instituciones
educativas de nivel medio superior, superior y de posgrado que tengan programas
de formación en informática o computación, y que estén
organizados con base en los ordenamientos federales y estatales sobre educación.
Cada institución asociada tiene derecho a un voto en las reuniones de
asamblea, y puede nombrar a tantos miembros como institutos, facultades,
escuelas, centros, colegios, unidades, campus, planteles y divisiones tengan
que impartan progra-mas académicos en informática y computación.
Los asociados se clasifican en tres grupos, atendiendo al número de sus
miembros registrados: Asociado tipo 1 - instituciones con hasta 3 miembros con
vigencia en su cuota anual. Asociado tipo 2 - instituciones con más de
3 y hasta 10 miembros vigentes. Asociado tipo 3 - instituciones con más
de 10 miembros vigentes.
En el capítulo
VI (Arts. 9 a 11) se detallan los derechos y obligaciones de los asociados
y miembros.
El capítulo
VII (Arts. 12 a 28) define el modo de funcionamiento de la organización
y especifica que la autoridad máxima de la ANIEI reside en la Asamblea
General de Asociados. Divide al país en 8 regiones y define a la Mesa
Directiva y sus funciones.
El capítulo
VIII (Arts. 29 a 36) trata sobre la operación de las reuniones
de la asociación y los mecanismos para las votaciones. Se especifica
que deberá haber al menos una asamblea anual ordinaria.
El capítulo
IX (Art. 37) define el criterio para la renovación (bianual) de
la mesa directiva.
En el capítulo
X (Arts. 38 y 39) se indica el criterio para la posible reforma de los estatutos.
El capítulo
XI (Arts. 40 a 42) habla sobre las cuotas y el financiamiento
de la asociación.
El capítulo
XII (Arts. 43 a 48) se dedica a las actividades requeridas para una eventual
disolución y liquidación de la asociación.
Por último,
el capítulo XIII (Art. 49), en cumplimiento con la legislación
federal, especifica la exclusión de extranjeros en la asociación.
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